•
Solicitud de adopción: lo
redacta la propia familia, según
modelo oficial marcado por el organismo
oficial.
• Certificado de nacimiento:
se obtiene en el registro civil
de la ciudad donde se ha inscrito
el nacimiento.
• Certificado de matrimonio
o de unión de hecho ( fe
de vida y estado para familias monoparentales):
se obtiene en el registro civil
de la ciudad donde se ha inscrito
el matrimonio o donde vive la persona
para las fe de vida. Las certificaciones
para las uniones de hecho se obtienen
en el Ayuntamiento. En caso de divorcios
previos al matrimonio, estos tienen
que constar en los certificados
de matrimonio.
• Certificado de penales:
se obtiene en el Ministerio de Justicia.
El nuevo impreso, válido
desde el 19/06/2007, se puede bajar
de la web
www.mjusticia.es
Ya no se compra en el estanco.
• Certificado médico:
se compra impreso en estanco y se
lleva al médico a que lo
redacte, certificando la idoneidad
física y mental del adoptante.
• Certificado de ingresos:
se solicita en la empresa en la
que se trabaje.
• 3 cartas de recomendación:
lo redactan los amigos de la familia
adoptante.
• Informe psicológico:
lo entrega la Comunidad a la familia.
• Informe social: lo entrega
la Comunidad a la familia.
• Certificado de idoneidad:
lo entrega la Comunidad a la familia.
• Compromiso de seguimiento:
lo entrega la Comunidad a la familia.
• Poder notarial para el representante
del país: lo realiza la familia
ante un notario.
• Requisitos para la entrada
de un menor: se obtiene en el Ministerio
del Interior ( Policia) en Madrid.